UAX Universidad Alfonso X El sabio Biblioteca universitaria UAX
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La Biblioteca

BIU - Biblioteca Universitaria UAX

Normativa de Uso

1. El usuario debe respetar la integridad y el estado de las instalaciones de la Biblioteca, así como las infraestructuras y el fondo que lo componen.

2. El usuario debe respetar el silencio de la biblioteca que garantice el clima de estudio de la misma.

3. Está prohibido introducir comida o bebida en el recinto de la Biblioteca.

4. Está prohibido fumar así como el uso de vapeadores, en todo el recinto de la biblioteca.

5. Solo pueden utilizar la biblioteca y sus servicios los miembros de la comunidad universitaria (estudiantes, profesores y personal UAX) ya que es imprescindible disponer de la tarjeta universitaria y de una cuenta de correo institucional. Y deberán identificarse siempre que así se les solicite; en caso de no contar con dicha identificación deberán abandonar las instalaciones. 

6. Los puestos de la sala de silencio así como las salas de trabajo en grupo solo se podrán utilizar realizando una reserva. El resto de puestos de estudio, no se podrán reservar y cualquier puesto no ocupado durante un periodo máximo de 30 minutos podrá ser utilizado por otro usuario.

7. El usuario debe seguir las indicaciones del personal y las disposiciones que regulen los distintos servicios de la Biblioteca y, en especial, la normativa reguladora de préstamo, de fondos y documentos.

8. El usuario debe abstenerse de utilizar servicios o prestaciones a las que no se esté autorizado a acceder.

9. Las conductas que determinen alteraciones del orden de la Biblioteca, tales como el uso de móviles u otros aparatos, el incumplimiento de la prohibición de fumar/vapear, del deber de silencio y, en general, cualesquiera otras conductas que originen alteraciones o perturbaciones darán lugar a la medida de expulsión u otras penalizaciones que la dirección de la Biblioteca considere adecuadas según la falta cometida. La adopción y ejecución de estas medidas corresponderá al personal de Biblioteca.

10. En caso de intento de hurto de material de la Biblioteca, se mandará un informe a Rectorado para que tomen las medidas oportunas y se penalizará con la suspensión del servicio de préstamos por un periodo de 3 meses si así lo establece la comisión de Biblioteca.

 

 

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